domingo, 22 de junio de 2008

Tener informados a los trabajadores

Hace tiempo (unos cinco años ) que vengo invitando tanto verbalmente como por escrito, al Comité de Empresa, que en sus funciones de Información, debiera poner al alcance de los trabajadores las Actas de sus Plenos.

¿Por qué no se hace? ¿ Tienen derecho hacerlas públicas o no ? ¿Es práctica habitual en el ámbito de Comités de Empresas (en general) que las Actas de los Plenos se tengan archivadas, como testigos muertos? ¿Es dejadez, apatía? ¿Es importante o no que los trabajadores tengan actualizados los temas que nuestros representantes discuten, convienen y deciden en aras a las potestades conferidas?

Pues bien, cuando hablamos del tema en cuestión en pequeños círculos, (cuando sale a colación este asunto), se asiente que así debiera ser. Cuando se expone en alguna reunión concretamente, se nos interpela que nos dirijamos al comité, y así, año tras año, sin que ningún miembro del comité vea en ello una necesidad de tener informados a los trabajadores, no por las Centrales Sindicales o Grupos Sindicales que suelen desviar atenciones arbitrariamente, que ya lo hacen, (están en su derecho), sino por la Representación del Órgano que Representa a los Trabajadores.

Pues no hay nada que hacer. Mutismo absoluto e indiferencia continua. Las Actas de los Plenos son la mayor acreditación de fiabilidad de lo que se cocina cara a los movimientos laborales, y un espejo fidedigno del comportamiento de cada Miembro o Sección Sindical, donde los trabajadores pueden recapacitar y sacar sus conclusiones del movimiento del mismo. Por lo tanto, y sin inventarnos nada, Convenio Colectivo, Art. 55.12, se nos dice:

\\ … estarán facultados para la divulgación de sus trabajos y cometidos siempre que no afecte la normalidad laboral.

No existe exclusión de sus trabajos. Por otro lado el Reglamento del Comité de Empresa, en su Art. nº 15, nos dice:

\\... El Comité de Empresa está obligado a dar información puntual al conjunto de la plantilla. A tal fin utilizará los medios necesarios, pero siempre con el ultimo objetivo de llegar al mayor numero de compañeros.
Y sí es cierto, que según el Art. nº 1 del mismo Reglamento, nos aclara que:

\\... Los Plenos del comité..serán abiertos a todo el trabajador que lo desee.
También es cierto que la asistencia a los mismos son difíciles, por incompatibilidad del horario laboral, de los trabajadores con los Actos del Pleno del Comité, como es obvio. Por lo tanto es una reflexión más para que de una vez, hagan un esfuerzo y nos doten de esa información colegiada, con sus Actas mensuales, tanto ordinarias como extraordinarias.

Medios materiales no faltan, de infraestructura para la información tampoco. ¿Ganas de hacerlo ? Cada cual que juzgue esta actitud.


Luis María González.

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